Algunos derechos reservados: complementando al Copyright
19 de mayo del 2009 | Hay un comentario. Querés dejar el tuyo?
Cuando creamos algo (textos, imágenes, muisca, etc.) automáticamente obtenemos los derechos de autor bajo las leyes de copyright. Pero sucede que estas normas son a veces demasiado estrictas, ya que en algunos casos ciertos autores no quieren que la gente solamente pueda ver sus creaciones, sino que les gustaría que otros puedan distribuirlas libremente o usarlas como parte de obras derivadas, creando así algo nuevo… pero claro, manteniendo su autoría.
El copyright no contempla este tipo de situaciones. Como comenté antes, toda creación que uno realiza entra en leyes de copyright. Creative commons surge para flexibilizar el asunto. Al utilizar copyright, es necesario que cada persona que quiera hacer un trabajo derivado nos pida permiso. Y en esto de pedir permiso es donde está el problema, ya que a veces, los autores queremos dejar claros ciertos permisos desde un comienzo (como los mencionados anteriomente). Este tipo de permisos son cada vez más necesarios debido a la forma natural en que evoluciona Internet: tomamos contenidos o creaciones, las mesclamos y la redistribuimos, para que otra gente haga lo mismo. El espíritu de internet lleva esta necesidad.Con Creative Commons, podemos especificar que se puede hacer con nuestra obras y que no.
Creative Commons no pretende reemplazar al Copyright, sino complementarlo. Su uso se ha vuelto cada vez más común y popular en los últimos años.(en diciembre del 2008, ya habían aproximadamente 150 millones de contenidos con licencias CC).
Existen de forma gratuita y para todos los países.En Argentina tenemos nuestra versión de las Creative Commons. Desde el 2005 el proyecto es liderado a nivel local por Ariel Vercelli, de la ONG Bienes Comunes. Es posible encontrar muchos ejemplos de casos de aplicación de las CC aquí.
Pro lo pronto, pueden encontrar las licencias que se aplican a este blog en el pie de página.. y les recomiendo que vean el siguiente video sobre CC.



![Día del Amigo [con Derechos] - 19 de Julio](http://www.lawebdejuan.com.ar/wp-content/themes/lawebdejuan/images/ads/dia-del-amigo-con-derechos.png)






[...] y haciendo referencia a la necesidad de nuevas leyes sobre los derechos de autor (algo que comenté cuando analice las licencias Creative Commons, que fueron iniciadas justamente por Lessig). Un detalle interesante: compara las leyes actuales de [...]